Acerca del Convenio que encuadra a los gimnasios.

Desde el 28 de octubre de 2015, los trabajadores que presten tareas en relación de dependencia en gimnasios, centros de fitness, crossfit y otras actividades relacionadas se encuadran en el Convenio Colectivo de trabajo N°738/16 UTEDYC - CGA, que ya cuenta con dos paritarias nacionales. En este convenio se han contemplado cuestiones específicas del sector.
 
Establece tres tipos de jornadas laborales para el personal de gimnasios:

-Completa / Normal
8 horas diarias / 44 semanales / De Lunes a Domingo / Continua o Fraccionada / Irregular (consentimiento del trabajador)
Promotores / Vendedores: 46 horas semanales

-A tiempo Parcial:
29 horas con 20 minutos (2/3 de la jornada normal según legislación)

-Por Hora:
Según Valor Hora acorde a cada categoría o grupo / sin mínimo de horas / hasta 176 horas mensuales a valor simple.

Es de aplicación a nivel nacional.
Brinda ventajas, como el pago por hora.
Contempla beneficios para centros con menos de cinco trabajadores.
Se establecen los sábados y domingos como días laborales sin restricciones.
Flexibilidad en la distribución de jornadas en forma continua, discontinua o irregular.
Reglamenta un régimen de francos y feriados nacionales, un sistema de créditos y débitos horarios, contempla situaciones de personal itinerante, reemplazo y suplencias, licencias y ausencias eventuales.


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